22 de abril de 2016

Sobre la naturaleza jurídica de Vellosillo


Esta entrada trata de acotar la responsabilidad de lo que sucede en nuestro pueblo, para que todos los vecinos sepan cuales son los organismos del Estado que intervienen en la administración del territorio.


Vellosillo tiene la figura jurídica administrativa de barrio o núcleo agregado del municipio de Sepúlveda, todos los servicios urbanos dependen del ayuntamiento de Sepúlveda. Un barrio es toda subdivisión, con identidad propia, de una ciudad, pueblo o parroquia. Su origen puede ser una decisión administrativa (en cuyo caso equivale a un distrito), una iniciativa urbanística (p.e.: el conjunto de casas que una empresa construye para los obreros de una de sus fábricas) o, simplemente, un sentido común de pertenencia de sus habitantes basado en la proximidad o historia, y muchas veces reforzado por el antagonismo con otro barrio contiguo. 

Un Municipio es una entidad administrativa que puede agrupar una sola localidad o varias. El municipio está regido por un órgano colegiado denominado Ayuntamiento. El municipio está compuesto por un territorio claramente definido por un término municipal de límites fijados y la población que lo habita regulada jurídicamente por instrumentos estadísticos como el padrón municipal. Los barrios agregados incluyen el término municipal , que es el territorio en que el ayuntamiento ejerce sus competencias.

Nos encontramos con la curiosidad que el propio ayuntamiento de Sepúlveda a los núcleos o barrios agregados los ha considerado pedanías, incluso ha nombrado históricamente alcaldes pedáneos, siendo un figura diferente, con una legislación distinta, aunque suponemos que se ha hecho así para simplificar la comunicación con los barrios. El Alcalde tiene la potestad de nombrar un Representante de la Alcaldía, que en la mayor parte de los casos en los núcleos de Sepúlveda ni siquiera viven en el pueblo y se nombran por amistad o cercanía política. El Representante de la Alcaldía no puede gestionar subvenciones ni otras muchas atribuciones que tiene la figura de Alcalde.

Una pedanía es una entidad local menor dependiente de un municipio que puede gozar o no de mayor o menor autonomía con respecto de éste. En todo España existen más de 3.000 entidades locales menores. Si poseen autonomía, se han de regular por el artículo 45 de la Ley de Bases de Régimen Local:
  • La entidad habrá de contar con un órgano unipersonal ejecutivo de elección directa (alcalde pedáneo).
  • Deberá contar con órgano colegiado de control, cuyo número de miembros no podrá ser inferior a dos ni superior al tercio del número de concejales que integren el respectivo ayuntamiento. Pueden también establecerse el régimen de concejo abierto.
  • Los acuerdos sobre disposición de bienes, operaciones de crédito y expropiación forzosa deberán ser ratificados por el ayuntamiento.
Otros organismos intervienen sobre otras competencias relacionadas con el pueblo, como son la carretera, los caminos rurales, pastos, caza, cauces fluviales o monte público, con lo cual la responsabilidad es compartida entre varios organismos estatales distintos. Los principales organismos que intervienen en nuestro pueblo son:

Desde la Junta de Castilla y León se dictan las leyes y normas sobre el territorio, entre las que se incluyen su organización y funcionamiento, la hacienda pública, obra pública, educación y sanidad y desarrollo rural. 

La Diputación es la institución a la que corresponde el gobierno y la administración autónoma de una provincia. Su función es gestionar los intereses económico-administrativos de las provincias siendo una de las funciones fundamentales de las diputaciones es colaborar en la gestión de la actividad municipal. Las diputaciones provinciales son órganos de elección indirecta. La composición de su pleno se realiza por elección por los concejales electos de todos los ayuntamientos del partido judicial. El número de diputados depende del número de habitantes de la provincia y se fija por ley. Los diputados de cada provincia se reparten entre los partidos judiciales mediante el sistema de otorgar un diputado a cada partido judicial y luego distribuir los restantes proporcionalmente a la población.

En la organización del campo de cultivo interviene la Junta Agropecuaria Local (J.A.L.), heredera de la antigua Hermandad, que ha gestionado colectivamente los términos de Tanarro, Perorrubio y Vellosillo desde el punto de vista de la gestión agrícola y ganadera. Se trata de una Asociación de Derecho Privado, regulada por la Ley 1/1999, de 4 de febrero, de Ordenación de los Recursos Agropecuarios Locales y de la tasa por aprovechamiento de los pastos, hierbas y rastrojeras, constituidas por agricultores y ganaderos, dotada de personalidad jurídica propia y que es la encargada de gestionar, sin ánimo de lucro, los negocios agrarios locales, como son, entre otros, los pastos, hierbas y rastrojeras y el patrimonio agrario común que, por su naturaleza, precisan una gestión en forma colectiva. 

Los cauces fluviales, torrentes, arroyos y el río Caslilla entran dentro de las competencias de la Confederación Hidrográfica del Duero, organismo dependiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, encargado de la gestión de las aguas en la cuenca del río Duero. La pertenencia de España a la Unión Europea ha obligado aplicar la Directiva Marco del Agua (Directiva 200/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2000), que debe regir la gestión del agua en toda la Unión Europea, que establece la necesidad de crear un marco de actuación que garantice la calidad de las masas de agua y promueva un uso sostenible, asegurando el suministro de agua en condiciones adecuadas, así como el horizonte del año 2015 para la consecución del buen estado ecológico de las aguas, lo que supone establecer un programa de medidas y sistemas de control en los próximos años que se deben incorporar al modelo de gestión del agua a través de la planificación hidrológica. Desarrolla un modelo de gestión basado en el agua como bien público, el mantenimiento de la unidad de gestión en cada una de las cuencas hidrográficas, la íntima relación entre el ciclo del agua y su interacción con los ecosistemas, prestando especial interés a la calidad del agua y estableciendo la planificación y participación ciudadana como herramientas en la política del agua.

El monte público de Vellosillo entra dentro de una de las nueve comarcas en las que se divide Segovia, perteneciendo a la unidad de Agentes Forestales de Boceguillasdependiente de la Junta, cuya principal función es la defensa y protección de medio ambiente.





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